“Del 11 al 26 de abril, en cumplimiento de la normativa vigente”

"Personal del organismo electoral verificará existencia y funcionamiento de locales de agrupaciones políticas”

Desde el 11 de abril, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) viene llevando a cabo una jornada de fiscalización, a nivel nacional, de 159 comités partidarios de agrupaciones políticas que se encuentran en vía de inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), en cumplimiento de la normativa electoral vigente.

Para ello, la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE) de la entidad electoral desplazará personal a diferentes regiones del país, los cuales verificarán hasta el próximo 26 de abril la existencia y funcionamiento de dichos comités de las agrupaciones en proceso de registro para convertirse en partidos políticos y movimientos regionales.

Se anota que la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) señala que los partidos políticos, al momento de inscripción, deben poseer comités en funcionamiento permanente en no menos  de cuatro quintos (4/5) de los departamentos del país y en no menos de un tercio (1/3) de las provincias.

En tanto, los movimientos regionales, al registrarse y durante su vigencia, deben poseerlos en no menos de cuatro quintos (4/5) de las provincias del departamento correspondiente.

En el caso del Callao y de Lima Metropolitana, se exige la presencia de comités en no menos de los cuatro quintos (4/5) de sus distritos.

Trabajo de campo y resultados

Durante el trabajo de campo, los fiscalizadores del JNE verificarán si la dirección de los locales donde operan los comités, la cual fue brindada por las agrupaciones políticas a la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP), es la correcta y si tienen existencia.

Igualmente, constatarán indicios del funcionamiento, como el letrero, libro de actas, propaganda, relación de adherentes, entre otros aspectos.

Los resultados de esta labor, serán puestos en conocimiento de la DNROP, para que sean evaluados y comunicados a las organizaciones políticas. De no cumplir con los requisitos establecidos en la LOP, las agrupaciones contarán con un plazo para efectuar las subsanaciones correspondientes, y, de hacerlo, se proseguirá con el trámite de inscripción.

Con el ruego de su difusión

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